Blog de Seguridad Marítima y Portuaria de la Universidad de Cádiz, España

viernes, 19 de septiembre de 2014

El borrador del nuevo Código IGF aprobado en el Subcomité de IMO



El proyecto de Código internacional de seguridad para buques que utilicen gas u otros combustibles de bajo punto de inflamación (Código IGF), junto con las enmiendas propuestas para hacer obligatorio el Código en virtud del Convenio SOLAS, se acordaron en la sesión inaugural de la Subcomité de transporte de cargas y contenedores (CCC 1). La filosofía básica del Código IGF es proporcionar disposiciones obligatorias para la disposición, la instalación, el control y la supervisión de maquinaria, equipo y sistemas que utilizan combustibles con punto de inflamación bajo, como el gas natural licuado (GNL), para minimizar el riesgo para el buque, su tripulación y el medio ambiente, teniendo en cuenta la naturaleza de los combustibles involucrados. El Código aborda todas las áreas que necesitan una consideración especial para el uso de combustibles de bajo punto de inflamación, sobre la base de un enfoque basado en objetivos, con metas y requisitos funcionales especificados para cada sección que forma la base para el diseño, construcción y operación de los buques que utilicen este tipo de de combustible. Se acordó que el nuevo Código IGF debe aplicarse a los buques nuevos y buques existentes de conversión del uso de combustible líquido convencional para el uso de gases u otros combustibles de bajo punto de inflamación, en o después de la fecha de entrada en vigor del Código. El Código IGF no se aplicaría a los buques de carga de menos de 500 toneladas de registro bruto, pero las disposiciones del Código IGF podría aplicarse a tales buques, de forma voluntaria, en base a la legislación nacional. 
El proyecto de enmiendas al Convenio SOLAS, junto con el proyecto de código IGF, se presentarán al Comité de Seguridad Marítima, en su nonagésima cuarta reunión (MSC 94, 17 hasta 21 de noviembre de 2014), para su aprobación, con miras a su posterior adopción. El proyecto de enmiendas incluyen una nueva Parte G en el capítulo II-1 (Construcción - Subdivisión y estabilidad, maquinaria e instalaciones eléctricas) en relación con los buques que utilicen combustibles de bajo punto de inflamación, lo que requiere este tipo de naves para cumplir con el Código IGF; y las enmiendas relacionadas con el capítulo II-2 (protección contra incendios, detección y extinción de incendios), que cubre a la utilización de combustible con un punto de inflamación bajo. Otros proyectos de enmiendas actualizarán la forma de certificados de seguridad, que incluye la referencia a la nueva Parte G. 
Dado que el proyecto de código IGF se centra, como primer paso, sobre los requisitos aplicables a los buques que utilizan el GNL como combustible, el Subcomité también acordó un plan de trabajo para la siguiente fase de la elaboración del Código IGF, para tener en cuenta la necesidad de considerar propuestas de futuro para el uso de combustibles adicionales para su inclusión en el Código. Se seguirán desarrollando directrices para los buques que utilizan alcohol etílico o metílico como combustible; se desarrollarán medidas para pilas de combustible para su inclusión en el Código IGF como y cuando sea apropiado; se desarrollarán las medidas aplicables a los buques que utilizan petróleo diesel de bajo punto de inflamación para su inclusión en el Código IGF como y cuando sea apropiado; y se presentará un informe a la CCC 2 (que tiene previsto reunirse en septiembre de 2015).

Fuente: IMO

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