Blog de Seguridad Marítima y Portuaria de la Universidad de Cádiz, España

viernes, 6 de enero de 2017

1-Enero-2017

Lista de enmiendas que entrarán en vigor el presente año y en los próximos años

1 de enero de 2017: Código polar.
El Código internacional para los buques que operen en aguas polares (Código polar) y las enmiendas para conferirle carácter obligatorio en virtud tanto del Convenio SOLAS como del MARPOL entrará en vigor. El Código polar se aplicará a los buques nuevos construidos después del 1 de enero de 2017. Los buques construidos antes del 1 de enero de 2017 deberán cumplir las prescripciones pertinentes del Código Polar en el primer reconocimiento intermedio, o de renovación, si este es anterior, después del 1 de enero de 2018.

1 de enero de 2017: Anexo I del Convenio MARPOL – residuos de hidrocarburos.
Enmiendas a la regla 12 del Anexo I del Convenio MARPOL, relativas a los tanques para residuos de hidrocarburos (fangos). Las enmiendas actualizan y revisan la regla, ampliando los requerimientos de las prescripciones relativas a las conexiones y las tuberías de descarga para garantizar que la eliminación de residuos de hidrocarburos se realiza debidamente,

1 de enero de 2017: Convenio SOLAS y Código IGF.
El Código internacional de seguridad para los buques que utilicen gases u otros combustibles de bajo punto de inflamación (Código IGF), junto con las enmiendas para conferir carácter obligatorio a dicho Código en virtud del Convenio SOLAS entrarán en vigor. Las enmiendas al Capítulo II-1 (Construcción: Estructura, compartimentado y estabilidad, instalaciones de máquinas e instalaciones eléctricas), incluyen enmiendas a la Parte F: proyectos y disposiciones alternativos para proporcionar una metodología alternativa de las instalaciones eléctricas y de máquinas y del sistema de almacenamiento y distribución de combustible de bajo punto de inflamación; y una nueva Parte G: buques que consumen combustibles de bajo punto de inflamación, a fin de añadir nuevas reglas para exigir que los buques construidos después de la fecha de entrada en vigor prevista para el 1 de enero de 2017 cumplan con las prescripciones del Código IGF, junto con las enmiendas conexas al capítulo II -2 y Apéndice (Certificados). El Código IGF contiene disposiciones de carácter obligatorio para la disposición, instalación, control y vigilancia de maquinaria, equipo y sistemas que utilicen combustibles de bajo punto de inflamación, centrándose inicialmente en el gas natural licuado. El Código aborda todos los ámbitos que requieren atención especial en cuanto a la utilización de combustibles de bajo punto de inflamación, adoptando un enfoque basado en objetivos, con los objetivos y prescripciones funcionales especificadas para cada una de las secciones que forman la base para el proyecto, construcción y explotación de los buques que utilizan este tipo de combustible.

1 de enero de 2017:  Convenio SOLAS – sistemas de ventilación.
Enmiendas a las reglas II-2/4.5 y II-2/11.6 del Convenio SOLAS, a fin de aclarar las disposiciones relativas a los medios secundarios de respiración de los tanques de carga, con objeto de garantizar un nivel de seguridad adecuado contra la sobrepresión y la subpresión en caso de avería o cierre involuntario de la válvula de aislamiento de un tanque de carga, y la regla II -2/20 del Convenio SOLAS relativas al funcionamiento de los sistemas de ventilación.​

1 de enero de 2017: finalizan las disposiciones transitorias recogidas en las enmiendas de Manila de 2010 al Convenio de formación STCW.
Desde el 1 de enero de 2017, los títulos estipulados en el Convenio y el Código de formación se tendrán que expedir, renovar y revalidar de conformidad con lo dispuesto en el las disposiciones de las Enmiendas de Manila de 2010. ​

Fuente: IMO

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